Pensión compensatoria

Servicio de Pensión Compensatoria en Cornellà de Llobregat

En nuestro despacho de abogados en Cornellà de Llobregat, estamos especializados en la gestión de la pensión compensatoria, un aspecto crucial en los casos de divorcio o separación. Si la ruptura matrimonial ha generado un desequilibrio económico entre los cónyuges, estamos aquí para ayudarte a obtener la compensación que te corresponde.

La pensión compensatoria es una prestación económica destinada al cónyuge que, tras la separación o el divorcio, sufre un deterioro en su situación financiera en comparación con la de su expareja. Regulada en el artículo 97 del Código Civil, esta pensión tiene como objetivo equilibrar el impacto económico negativo que la ruptura ha causado en uno de los cónyuges.

Preguntas frecuentes sobre pensión compensatoria
¿Cuándo se establece la pensión compensatoria?

El juez determinará la necesidad de esta pensión cuando quede demostrado que uno de los cónyuges ha sido perjudicado económicamente por la separación o el divorcio. En estos casos, el juez o el convenio regulador definirá:

  • La cuantía de la pensión.
  • El sistema de actualización.
  • La periodicidad del pago.
  • La fecha de extinción.
  • Las condiciones para su modificación o extinción.

Para que se conceda la pensión compensatoria, es necesario que se cumplan ciertos requisitos:

1. Debe demostrarse un desequilibrio económico entre los cónyuges.

2. Este desequilibrio debe haberse producido a raíz de la ruptura matrimonial.

3. El empeoramiento económico debe ser consecuencia directa de la separación o el divorcio.

La pensión compensatoria puede acordarse de manera amistosa entre las partes e incluirse en un convenio regulador, o bien ser establecida judicialmente si no hay acuerdo. Además, es importante recordar que esta pensión no es inmutable; puede ser modificada o incluso suprimida si surgen nuevas circunstancias que alteren la situación económica de las partes.

La duración de la pensión puede ser indefinida o temporal, dependiendo de las circunstancias de cada caso y lo que determine el juez en la sentencia de divorcio o separación.

Sí, la pensión puede ser modificada o suprimida si cambian las circunstancias económicas o personales de los cónyuges. Esto puede incluir la obtención de un nuevo empleo, la mejora de la situación económica del beneficiario, o el fallecimiento de alguno de los cónyuges

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